martes, 27 de noviembre de 2012

A RESULTAS CON LAS TASAS JUDICIALES

La Secretaría General de la Aministraciónde Justicia ha dictado la Instrucción 5/2012 por la cual hasta tanto no se produzca la publicación en el BOE de la Orden Ministerial a la que se refiere el artículo 9.2 de la Ley 10/2012, de 20 de Noviembre, por la que se regulan determinadas tasas el ámbito de la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales de todo el territorio nacional NO EXIGIRÁN EN NINGÚN CASO, LA PRESENTACIÓN DEL JUSTIFICANTE DE AUTOLIQUIDACIÓN DE LA TASA PARA DAR CURSO A LOS ECRITOS PROCESALES QUE SE PRESENTEN.


No hay comentarios:

Publicar un comentario